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Libro F: Ayuno

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Introducción del Traductor

Libro A: Prefacio del Autor

Libro B: Credo

Libro C: Purificaciones

Libro D: Oración

Libro E: Funerales

Libro F: Ayuno

Libro G: Zakat

Libro H: Peregrinación

Libro I: Alimentación

Libro J: Yihad

Libro K: Juramentos y Votos

Libro L: Matrimonio y Divorcio

Libro M: Derecho Mercantil

Libro N: Manumisión

Libro Ñ: Patrimonio

Libro O: Derecho Penal

Libro P: Derecho Procesal

Libro Q: Derecho de Sucesiones

Libro R: Miscelánea

Libro S: Postfacio

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III


Índice

f1 Capítulo sobre el ayuno.

f2 Capítulo sobre el retiro espiritual (ictikāf).


f1 CAPÍTULO SOBRE EL AYUNO[1]

[Su calificación legal, su confirmación y sus partes obligatorias, sunnas y meritorias]

1. El ayuno del mes de Ramadán es obligatorio[2].

2. Se ayuna al avistar el cuarto creciente[3] y se deja de ayunar al volverse a avistar[4]. Ya sea el mes de treinta días o de veintinueve.

3. Si estuviese nublado y no se pudiese ver el creciente, se comenzaría a ayunar tras contar treinta días desde el principio del mes que precediese[5] al de Ramadán.

4. La misma regla se aplica para dejar de ayunar[6].

5. Se pone intención de ayunar en la primera noche de Ramadán[7], sin que sea necesario poner intención de ello durante el resto de las demás noches del mes[8].

6. El ayuno se mantiene hasta la noche.

7. Es sunna no retrasar la ruptura del ayuno[9] y retrasar la toma del suḥūr[10].

8. Si se duda en si ha despuntado el alba o no, no se ha de comer[11].

9. El “día de la duda”[12] no se ha de ayunar[13] para que cuente como un día de Ramadán.

10. Quien ayune de ese modo el “día de la duda”, no le sirve, aunque coincida con el primer día de Ramadán[14].

11. Quien quiera ayunar dicho día a título supererogatorio, puede hacerlo.

12. Quien amanezca[15] sin que haya comido ni bebido y se entere de que ese día es el primer día de Ramadán, ello no le sirve como ayuno válido[16].

13. Pero que se abstenga[17] de comer[18] durante el resto del día y que luego lo recupere[19].

[Reglas concernientes al viajero y la menstruante.

Ruptura del ayuno durante el mes de Ramadán]

14. Si el viajero regresa de un viaje en el que no había ayunado o la mujer deja de menstruar durante el día, ambos pueden seguir comiendo el resto del día[20].

15. Quien rompa su ayuno supererogatorio intencionadamente[21] o viaje durante el mismo – y debido a ello lo rompa –, tendrá que recuperarlo.

16. Pero si rompe el ayuno[22] por error, entonces no tiene que recuperarlo.

17. Contrariamente a ello, en caso de ayuno obligatorio, tendría que recuperarlo[23] si lo hubiese roto por error.

18. No hay inconveniente en que el ayunante use siwāk[24] durante todo el día.

19. No es indeseable aplicarse ventosas[25] a no ser que ello provoque un trastorno.

20. Quien sea atacado por un vómito durante el Ramadán, no tiene que recuperar dicho día[26].

21. Pero si se provoca el vómito, tendrá que recuperar dicho día[27].

22. Si la mujer embarazada teme que el ayuno afecte[28] al hijo que lleva en su vientre[29], que no ayune[30]. No teniendo ésta que ofrecer compensación alimentaria alguna[31]. Aunque, según otra opinión, sí tendría que ofrecerla[32].

23. Si la mujer que esté lactando teme por su hijo[33] y no encuentra ninguna nodriza asalariada para su hijo o éste no acepta a nadie excepto a ella, que no ayune y que ofrezca por ello compensación alimentaria[34].

24. Se recomienda al anciano[35], si no ayuna, que ofrezca por ello compensación alimentaria.

25. La compensación alimentaria[36] en todos estos casos consiste en un almud[37] por cada día que se recupere[38].

26. Del mismo modo, tendrá que ofrecer compensación alimentaria[39] quien haya descuidado la recuperación del ayuno de Ramadán hasta tal punto que el siguiente Ramadán le hubiese ya alcanzado.

27. Los menores no tendrán que ayunar[40] hasta que el niño tenga poluciones nocturnas y la niña menstrúe[41].

28. Con la llegada de la pubertad, se hacen obligatorios para ellos los actos corporales de adoración[42].

29. Al·lāh – gloria a Él – dijo: Y cuando vuestros niños hayan alcanzado la pubertad, que pidan permiso[43].

30. Es válido el ayuno de la persona que amanece en estado de impureza (ŷanāba) sin haberse lavado o de la mujer cuya regla hubiese cesado antes del alba y que no hubiesen hecho el gusl hasta después del mismo[44].

[Prohibición de ayunar durante las fiestas]

31. No está permitido ayunar el día de la ruptura del ayuno (yawm al-fitr).

32. Tampoco está permitido ayunar el día del sacrificio (yawm an-naḥr).

33. No se han de ayunar los dos días que siguen al día del sacrificio, excepto para el mutamattic[45] que no encuentra un animal para ofrecer en sacrificio.

34. El cuarto día que sigue al día del sacrificio no deberá ser ayunado a título supererogatorio; pero podrá ser ayunado por quien haya hecho una promesa por ello o por quien haya empezado antes de dicho día un período de ayuno continuo.

[Reglas concernientes a la ruptura del ayuno durante el día de Ramadán,

ya sea por error, intencionadamente o con un pretexto válido]

35. Quien rompa el ayuno durante el día en Ramadán por olvido, tan sólo ha de recuperar dicho día.

36. Lo mismo para quien rompa el ayuno por motivos de necesidad a causa de una enfermedad[46].

37. Quien viaje una distancia en la que se permita acortar las oraciones[47], podrá romper el ayuno[48] aunque no tenga necesidad de ello; teniendo luego que recuperarlo. Aunque nosotros preferimos que se ayune[49].

38. Quien viaje una distancia inferior a cuatro buruds y crea que ello le permite romper el ayuno y, de hecho, lo rompa, no tendrá que expiar[50]; pero tendrá que recuperar el ayuno.

39. Todo aquel que rompa el ayuno llevado por una interpretación errónea[51], no está obligado a expiación alguna.

40. La expiación junto con la recuperación[52] recae sobre quien rompa el ayuno intencionadamente[53] comiendo, bebiendo o copulando.

[La expiación]

41. La expiación en dicho caso consiste en alimentar a sesenta pobres[54], dando a cada pobre una cantidad de alimento igual a un mudd del tamaño del mudd del Profeta – que Al·lāh le bendiga y dé paz. Y eso es lo que más preferimos[55].

42. Pero también puede expiar liberando a un esclavo[56] o ayunando dos meses seguidos[57].

43. El que rompa el ayuno intencionadamente durante una recuperación del ayuno de Ramadán no está obligado a expiar[58].

44. Quien sufra un desmayo durante la noche y vuelva en sí tras el alba, tendrá que recuperar dicho día.

45. Pero no tendrá que recuperar más que las oraciones en cuyo tiempo haya vuelto en sí[59].

[Actos meritorios durante el mes de Ramadán]

46. Se aconseja al ayunante que proteja su lengua[60] y miembros y que honre del mes de Ramadán lo que Al·lāh – gloria a Él – ha honrado[61].

47. El ayunante ha de abstenerse de copular, acariciar o besar[62] por placer[63] a las mujeres[64] durante el día de Ramadán.

48. Ello no le está prohibido durante la noche[65].

49. No hay inconveniente en que se amanezca en estado de impureza (ŷanāba) por haber copulado.

50. Quien obtenga placer durante el día de Ramadán por medio de caricias o besos[66] hasta tal punto que le fluya a causa de ello líquido seminal, tendrá que recuperar dicho día[67].

51. Si persiste en ello hasta eyacular, tendrá además que compensar[68].

[El mérito de rezar durante las noches de Ramadán (tarāwiḥ)

y la recompensa que ello comporta]

52. Quien rece de noche durante el mes de Ramadán con fe[69] y esperando el favor divino, le serán perdonadas sus faltas pasadas[70].

53. Si se reza de noche en la medida de lo posible, ello será motivo para esperar su recompensa y el perdón de las faltas.

54. Los rezos nocturnos se llevarán a cabo en las mezquitas aljamas[71] con un Imām[72].

55. El que quiera, podrá rezar en su casa. Siendo ello mejor para quien tiene fuerza de ánimo suficiente para rezar solo[73].

56. Los Salaf as-Sāliḥ[74] solían rezar de noche en las mezquitas[75] realizando veinte[76] rakcas y cerrando con tres. Separaban entre el sḥafc y el witr con un saludo[77].

57. Luego[78], los seguidores[79] realizaron treinta y seis rakcas sin contar el sḥafc y el witr. Habiendo en todo ello amplitud.

58. Se debe saludar después de cada dos rakcas.

cÂ’iša – que Al·lāh esté complacido con ella – dijo: “El mensajero de Al·lāh – que Al·lāh le bendiga y le dé paz – no hizo nunca más de doce rakcas seguidas de un witr, ni en Ramadán ni en otro momento”[80].


[1] El ayuno es abstenerse de comer beber, fumar y mantener relaciones sexuales desde el despuntar del alba hasta la puesta del Sol. Se realiza con intención, la cual se pone antes o al despuntar el alba. Exceptuando los días de menstruación, puerperio y festivos.

[2] De ahí que quien niegue la obligatoriedad del ayuno sea un infiel.

[3] Se refiere al creciente del mes de Ramadán. El avistamiento del creciente del nuevo mes queda establecido por:

1º Un número de gente (de cualidad moral desconocida) tal que sea impensable el hecho de que se hayan puesto de acuerdo para mentir.

2º Dos testigos varones de integridad moral

3º Que el Emir de un país declare que para él ha quedado establecido el comienzo del Ramadán.

[4] O sea, al volverse a avistar el creciente del mes de Šawwāl. No es válido establecer el principio y/o el final del mes de Ramadán por medio de cálculos astronómicos.

[5] O sea, el mes de Šacbān.

[6] Por lo que el mes de Ramadán puede durar veintinueve o treinta días.

La regla en la escuela mālikī al igual que en la ḥanafī y la ḥanbalī y a diferencia de la shāficī es que el avistamiento del creciente realizado en cualquier lugar vincula al resto de los musulmanes. Ahora bien, existe una excepción confirmada por el consenso total de la Umma que dice que si las distancias son excesivas, el avistamiento no vincula. “Distancias excesivas” ha sido definido como “la distancia entre el ḥiŷāz y al-Andalus”, o sea: la distancia entre la actual Arabia y España (véase a IR en BM vol. 1, pág. 486; IJ en QF, pág. 103; IL en MJ vol. 2, pág. 111). Si este consenso es firme (pues tiene algunos detractores, como aš-Šawkānī y otros), ello significa que no es válido ayunar en España, y mucho menos en los EEUU en base a un avistamiento realizado en Arabia.

Como hemos dicho, el mencionado consenso de “la distancia excesiva” tiene algunos detractores que:

1º Niegan que dicho consenso hubiese tenido lugar alguna vez.

2º Afirman que tuvo lugar, pero que el actual avance en las comunicaciones lo invalida, ya que actualmente el avistamiento en cualquier lugar del globo puede transmitirse en pocos segundos a los lugares más lejanos.

Ambas afirmaciones precisan de ser probabas. Y especialmente la segunda ha de probar que un avance tecnológico puede anular un consenso de la Umma o que dicho consenso tuvo lugar debido a impedimentos tecnológicos.

Se tome la postura que se tome, la realidad es que lo único que en un país unifica el comienzo y el final del ayuno del mes de Ramadán es la existencia de la autoridad de un Emir que decida. La prueba la vemos en cómo en países europeos y en EEUU la inexistencia de la autoridad de un Emir hace que musulmanes de la misma ciudad y a veces de la misma familia empiecen y acaben el ayuno de Ramadán en distintos días. Se trata de algo realmente vergonzoso cuya solución no está basada en afiliarse a una u otra mezquita u organización religiosa, sino en someterse y aceptar la única forma de gobierno islámica válida: el Emirato.

[7] Entre la puesta del Sol y el despuntar del alba.

[8] No obstante, es meritorio poner intención de ayunar cada noche del mes de Ramadán.

[9] Y ello después de asegurarse de que la noche ha comenzado con la puesta total del Sol (la desaparición total del disco solar tras el horizonte).

Se ha de rezar la oración de magrib después de haber roto el ayuno.

Retrasar la ruptura del ayuno es indeseable si no hay necesidad alguna para ello.

Se aconseja romper el ayuno con algo dulce como dátiles y con agua. Se aconseja hacer la siguiente súplica a la hora de romper el ayuno: Al·lāhumma laka ṣumtu, wa bika āmantu, wa calà rizqika aftartu, fagfir lī mā qaddamtu wa mā ajjartu. Y significa: “¡Oh, Al·lāh! He ayunado para Ti, en Ti creo y con Tu provisión rompo el ayuno. Perdóname, pues, lo que haya adelantado o atrasado”.

[10]El suḥūr es la comida que se toma antes del despuntar del alba. Se recomienda dejar entre el final de la toma del suḥūr y el despuntar del alba un tiempo tal que un recitador pueda recitar unas cincuenta aleyas (unos diez minutos aproximadamente). La toma del suḥūr puede ser un mero trago de agua.

[11] Está prohibido (ḥarām) comer, beber, fumar y copular si se duda en si ha despuntado el alba o no. Del mismo modo, está prohibido comer si se duda si el Sol se ha puesto o no. Si come, bebe, fuma o copula dudando en si ha despuntado el alba o se ha puesto el Sol caben tres casos:

Que nunca salga de la duda; en cuyo caso, ha de recuperar el día sin expiación alguna.

Que salga de la duda y se cerciore de que no llegó a comer después del despuntar del alba ni antes de la puesta del Sol. En cuyo caso, no debe nada.

Que salga de la duda y se cerciore de que llegó a comer después del despuntar del alba o antes de ponerse el Sol. En cuyo caso, ha de recuperar el día, mas no habrá de expiar.

En el caso en que a una persona le alcance el despuntar del alba mientras está comiendo, bebiendo, fumando o copulando, lo que dicha persona ha de hacer obligatoriamente es escupir lo que tiene en la boca o retirar sus genitales de la cópula. En cuyo caso, no estaría obligado ni a recuperación ni a expiación. Sin embargo, si continúa comiendo, bebiendo, fumando o copulando intencionadamente, estará obligado a recuperar y a expiar.

[12] El “día de la duda” es la mañana que sigue a la noche del treintavo día de Šacban, cuando dicha noche estuvo nublado y no se pudo avistar el creciente. Para entender esto, hay que tomar en consideración que la noche del treintavo día de Šacban empieza a la puesta del Sol del día veintinueve del mismo mes.

[13] Ya que es indeseable ayunar.

[14] El caso es que el creciente no haya sido avistado por la gente de una determinada zona durante la noche del treintavo día de Šacban y, luego, llegue a la mañana siguiente información fidedigna de que el creciente fue avistado por gente de otra zona. Lo cual hace que la mañana que sigue a dicha noche sea la primera mañana del mes de Ramadán. Si una persona ayuna dicho día por si se trata del primer día de Ramadán y luego le llega información de que, efectivamente, se trata del primer día de Ramadán, ese ayuno no le cuenta. No obstante, ha de seguir ayunando y luego recuperar dicho día. La razón de ello es que la intención que puso para ayunar dicho día no estaba basada en certeza, sino en duda; lo cual no es suficiente para que cuente el día como ayunado.

[15] El “día de la duda”.

[16] Ya que la intención no está basada en certeza, sino en duda.

[17] Obligatoriamente.

[18] Que se abstenga de todo lo que rompe el ayuno.

[19] También tendrá que abstenerse el que amanezca comiendo y bebiendo dicho día.

[20] No es meritorio que ayunen el resto del día. Similar regla se aplica al:

  • menor que alcanza la pubertad durante el día,

  • el enfermo que se repone de su enfermedad durante el día,

  • el epiléptico que vuelve en sí durante el día,

  • la mujer a quien se le muere su hijo lactante durante el día,

  • quien come o bebe durante el día por extrema sed o hambre,

  • el infiel que se hace musulmán. Aunque en el caso de este último se recomienda que ayune el resto del día.

[21]Sin pretexto ni necesidad alguna; y sin que se lo ordene uno de sus padres o maestros.

[22] Supererogatorio.

[23] Obligatoriamente.

[24] Se trata de un palo de un arbusto que se usa para limpiarse los dientes.

[25] Se refiere al ayunante. Del mimo modo no es indeseable extraerse sangre con una jeringuilla a no ser que ello le provoque un trastorno y tenga que dejar de ayunar por ello.

[26] Ello siempre y cuando se esté seguro de que no ha vuelto a tragar nada de lo que le llegó a la boca. Pero si se sabe o se cree que se volvió a tragar inintencionadamente algo de lo que llegó a la boca, entonces hay que recuperar ese día. Si se traga intencionadamente, entonces hay que recuperar y expiar. La misma regla se aplica al qalas, lo cual consiste en lo que se regurgita del estómago cuando éste se encuentra lleno. En cuanto a la flema, mucosidades y saliva que llega a la boca, no hay inconveniente en tragarlo.

[27] Sin que tenga que expiar por ello.

[28] Que afecte provocando la muerte o una enfermedad.

[29] También si teme que le afecte a ella misma.

[30] Es obligatorio que no ayune si teme que el ayuno le provoque a ella o a su hijo la muerte o un perjuicio serio.

[31] Pero recuperará dicho día.

[32] La primera opinión es la más difundida (mašhūr).

[33] O sea teme por la vida o la salud tanto de su hijo como la suya.

[34] La compensación alimentaria o expiación menor es dar un almud de comida a un pobre por cada día que no se haya ayunado.

[35] Esto incluye también a la anciana y a cualquier persona a la que ayunar suponga un esfuerzo y una dificultad mayores (mašaqqa zā’ida) que el esfuerzo y la dificultad que la gente sana normal padece cuando ayuna.

[36] El alimento que se da en esta compensación es el más común del lugar.

[37] El almud es la medida que se alcanza al llenar ambas palmas de las manos colocadas juntas y entreabiertas. Siempre y cuando las manos sean de tamaño normal.

Se da a razón de un almud por pobre. Sin que esté permitido dar un almud para que sea compartido por varios pobres, o dar más de un almud a un solo pobre.

[38] Si es que se tiene que recuperar; ya que el anciano y similares compensan, pero no recuperan.

[39] Obligatoria.

[40] Ni siquiera a título recomendable.

[41] Si las poluciones y la menstruación no aparecen, se les considerará adultos al entrar en su decimoctavo año de vida.

[42] Tales y como la oración, el ayuno, la peregrinación, etc.

[43] Corán 24:59. Ello significa que pedir permiso se hace obligatorio para ellos al alcanzar la pubertad; lo que analógicamente se extiende al resto de sus actos.

[44] Si la mujer duda si la regla le cesó antes o después del despuntar del alba, tendrá que ayunar dicho día y además recuperarlo. Ayunar, ya que puede ser que su regla hubiese cesado antes del alba; y recuperarlo, ya que puede ser que hubiese cesado después del alba.

[45] Ver cap. 29, art. 69.

[46] Cuando se teme la muerte o un daño serio, la ruptura del ayuno es obligatoria. Cuando la enfermedad hace penoso el ayuno está permitido no ayunar. Cuando la enfermedad no hace penoso el ayuno, pero se teme que el ayuno haga que la enfermedad aumente o se retrase en su cura, está permitido no ayunar. El modo de saberlo es por experiencia propia o por que se lo diga un médico experto. Si la enfermedad no hace penoso el ayuno y no se teme que la enfermedad aumente o que su curación se retrase, no está permitido dejar de ayunar; ya que si en dicho caso se deja de ayunar, habrá de recuperar y expiar.

[47] O sea, cuatro buruds o algo más de 78 Km o 48 millas.

[48] La condición para no ayunar durante el viaje es haber salido antes del despuntar del alba habiendo hecho previa intención de no ayunar. Si se hace intención de ayunar y se sale de viaje antes del despuntar del alba, no le está permitido romper el ayuno. Si lo rompe habrá de recuperar y expiar. En dicho caso, sólo podrá romper el ayuno en caso de necesidad. También estará obligado a recuperar y expiar si hace intención de no ayunar y sale de viaje después del alba. No estará obligado a expiar si hace intención de ayunar, sale después del alba y rompe el ayuno durante el viaje.

[49] Si se tiene fuerza para ello. Según Ibn al-Māŷišūn e Ibn ḥanbal, no ayunar es mejor para el viajero.

[50] Ya que rompe el ayuno llevado por una interpretación errónea plausible.

[51] Siempre y cuando la interpretación errónea sea plausible. Si la interpretación errónea es remota, tendrá que recuperar y expiar.

[52] La compensación o expiación va siempre y en todo caso acompañada de la recuperación del día en que se rompió el ayuno.

[53] Se exceptúa el que rompe el ayuno intencionadamente por ignorancia u olvido.

[54] Los pobres han de ser libres y musulmanes. No vale dar ni más ni menos de un mudd a un pobre. Lo que se dé ha de ser el alimento más común de la región.

[55] Se refiere a los mālikíes.

[56] Que sea musulmán y sin defectos físicos.

[57] Dos meses seguidos por cada día.

[58] Pero deberá recuperar el día de Ramadán y el día de recuperación cuyo ayuno rompió.

[59] Esto significa que las oraciones que no hizo durante el tiempo en que estuvo desmayado no tiene que recuperarlas.

[60] Que proteja su lengua de lo que está prohibido decir y que procure hablar menos.

[61] Que lo honre haciendo abundante recitación del Corán, recuerdo de Al·lāh, realizando la oración de tarāwīḥ, dando limosna y demás modos de adoración.

[62] Copular está prohibido. Acariciar y besar es indeseable sabiendo que a uno no le va a afectar, y prohibido si se cree que las caricias y besos le van a afectar.

[63] Si la caricia o beso no son realizados por placer, sino para despedirse o expresar misericordia, entonces no es indeseable.

[64] Se refiere a sus esposas.

[65] No obstante, para el que está haciendo ictikāf o ayuna para expiar el ẓihār, el día y la noche son iguales en lo que a prohibición e indeseabilidad de contacto con las mujeres se refiere. .

[66] Se incluye también el hecho de mirar y pensar.

[67] El llegar a la erección sin emisión de líquido seminal no obliga a nada.

[68] Se compensa también si la eyaculación la provoca la mirada o el pensamiento persistentes.

[69] De la recompensa que ello comporta.

[70] Se refiere a las faltas menores, ya que las mayores sólo las perdona el volverse en arrepentimiento a Al·lāh (tawba) o el perdón divino.

[71] O en todo sitio donde usualmente se reúna la gente a rezar.

[72] Ello es una excepción a la regla general que expresa la indeseabilidad de que un grupo numeroso de gente rece oraciones supererogatorias en un lugar público.

[73] Siempre y cuando las mezquitas no se vacíen de gente que reza el tarāwīḥ en grupo.

[74] Los Compañeros del Profeta – la paz sea con él.

[75] En tiempos de cUmar ibn al-Jattāb – que Al·lāh esté complacido con él.

[76] Esa es la opinión de Abū ḥanīfa, aš-Šāficī, Aḥmad y la práctica actual.

[77] Abū ḥanīfa dice de no separar el šafc y el witr con un saludo. Aš-Šāficī da a elegir entre separar o no.

[78] En tiempos del Califa cUmar ibn cAbd al-cAzīz.

[79] Los tābicūn.

[80] Según lo que figura en el Muwaṭṭa’ de Mālik, el mensajero de Al·lāh – que Al·lāh le bendiga y le dé paz – no hizo nunca más de once rakcas seguidas, ni en Ramadán ni en otro momento.

Centro de Estudio y Difusión de la Vía Tiŷāniyya