Índice

Presentación

Introducción al sufismo

La vida de Šayj Aḥmad al-Tiŷānī

Las condiciones de la Vía Tiŷāniyya

El método de la Vía Tiŷāniyya

Los favores de la Vía Tiŷāniyya

La Fayḍa Tiŷāniyya

Šayj Ibrāhīm Nyasse

Šayj cAbda-l·lāh Djā

Enseñanzas de la Vía Tiŷāniyya

Súplicas de la Vía Tiŷāniyya

Lengua árabe

Fiqh Mālikī

Noticias

Multimedia

Enlaces

Contactar

Libro L: Matrimonio y Divorcio

ÍNDICE

Lista de Abreviaturas

Introducción del Traductor

Libro A: Prefacio del Autor

Libro B: Credo

Libro C: Purificaciones

Libro D: Oración

Libro E: Funerales

Libro F: Ayuno

Libro G: Zakat

Libro H: Peregrinación

Libro I: Alimentación

Libro J: Yihad

Libro K: Juramentos y Votos

Libro L: Matrimonio y Divorcio

Libro M: Derecho Mercantil

Libro N: Manumisión

Libro Ñ: Patrimonio

Libro O: Derecho Penal

Libro P: Derecho Procesal

Libro Q: Derecho de Sucesiones

Libro R: Miscelánea

Libro S: Postfacio

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III


Índice

l1 Capítulo sobre el matrimonio, el divorcio, la revocación, el ẓihār, el īlā’, el lican, la compra del divorcio y la lactancia.

l2 Capítulo sobre la cidda, la manutención y el istbrā’.


l1 CAPÍTULO SOBRE EL MATRIMONIO, EL DIVORCIO,

LA REVOCACIÓN, EL ẒIHĀR, EL ĪLĀ’, EL LIcAN,

LA COMPRA DEL DIVORCIO Y LA LACTANCIA

[Elementos obligatorios del matrimonio]

1. El matrimonio[1] no es valido sin un tutor[2], la dote[3] y dos adules[4].

2. Si los adules no atestiguaron el contrato, que no se consume el matrimonio hasta que éstos no den fe de ello[5].

3. La dote mínima es de un cuarto de dinar[6].

[La tutoría matrimonial]

4. El padre podrá casar a su hija virgen[7] sin su permiso aunque ésta ya sea púber[8].

5. Pero si así lo desea, el padre podrá consultarla[9].

6. En el caso de la virgen[10], otro que no sea el padre – ya sea el guardián testamentario[11] u otra persona– no podrá casarla hasta que no sea adulta y dé su consentimiento. En cuyo caso, su silencio será tomado como su consentimiento.

7. A la mujer que ya ha estado casada[12] no la casará ni su padre ni nadie más sin que sea con su propio consentimiento expresado verbalmente.

8. La mujer no podrá casarse si no es con permiso de su tutor matrimonial[13], algún pariente cualificado – tal y como un hombre de su familia – o el gobernante[14].

9. Hay discrepancia en cuanto a si un extraño[15] puede ser el tutor matrimonial de una mujer de condición baja[16].

10. El hijo de una mujer tiene más derecho a ser el tutor matrimonial que el padre de la misma. Y el padre tiene más derecho que el hermano.

11. Cuanto más cercano sea el pariente agnado[17] más derecho tendrá.

12. Si un pariente lejano la casa, el matrimonio será considerado válido[18].

13. El guardián testamentario[19] podrá casar al niño al que tutela[20].

14. Mas no podrá casar a la niña a no ser que el padre de la misma se lo haya ordenado[21].

15. Los parientes varones uterinos[22] no pueden ser tutores matrimoniales[23], pues estos últimos sólo pueden ser parientes agnados.

[Competencia entre pretendientes]

16. Nadie debe ofrecer una propuesta matrimonial o comercial contra la propuesta de su hermano musulmán, cuando en la primera propuesta ya se han mostrado signos de aceptación[24].

[Matrimonios prohibidos]

17. No está permitido el matrimonio šigār, el cual consiste en un intercambio de mujeres[25].

18. Tampoco está permitido el matrimonio sin dote[26].

19. Está igualmente prohibido[27] el matrimonio mutca o matrimonio temporal[28].

20. Asimismo, está prohibido el matrimonio que se celebra durante la cidda[29] de la mujer[30].

21. Se prohibe cualquier tipo de matrimonio cuyo contrato[31] o dote[32] contenga ambigüedad.

22. No se puede dar como dote aquello cuya venta esté prohibida[33].

23. Aquel matrimonio cuya nulidad sea por causa de la dote[34] deberá ser disuelto antes de su consumación[35]; pero si se consuma el matrimonio[36], se considerará como válido, debiéndose pagar la dote de equivalencia[37].

24. En el caso del matrimonio cuya nulidad sea a causa del contrato[38] y sea disuelto tras haberse consumado, se deberá pagar la dote fijada[39], entrañando las mismas prohibiciones que las que entraña el matrimonio válido[40]. No obstante, dicho matrimonio no hará permitida al primer esposo la mujer divorciada por él tres veces[41], ni los esposos obtendrán por el mismo la cualidad de muḥṣan[42].

[Mujeres con las que está prohibido casarse]

25. Al·lāh – gloria a Él – ha prohibido[43] siete tipo de mujeres debido a la consanguinidad, y siete por la lactancia y la afinidad.

26. Dijo – exaltado sea: Se os han prohibido vuestras madres[44], hijas[45], hermanas, tías paternas, tías maternas, las hijas de vuestro hermano, las hijas de vuestra hermana[46]. Estas son las prohibidas por consanguinidad.

27. En cuanto a las prohibidas por lactancia y afinidad, figuran en Su dicho – exaltado sea: …vuestras madres de leche que os amamantaron, vuestras hermanas de leche[47], las madres de vuestras esposas[48] y las hijastras que están bajo vuestra protección, que sean hijas de mujeres que hayáis tenido[49] y con las que hayáis llegado a cohabitar, porque si son de mujeres que habéis tenido con las que no habéis cohabitado, entonces no hay inconveniente[50]. Y las esposas de vuestros hijos[51] de sangre[52], así como que estéis casados con dos hermanas a un tiempo[53], a excepción de lo que ya esté hecho[54].

28. Asimismo, dijo – exaltado sea: Y no os caséis con aquellas mujeres con las que vuestros padres hayan estado casados[55].

29. El Profeta – la paz sea con él – ha prohibido por la lactancia las mujeres que la consanguinidad prohibe.

30. También ha prohibido casarse con la mujer con cuya tía paterna o materna esté uno casado.

31. El casarse con una mujer la hace, en virtud del mero contrato matrimonial y sin que ni siquiera la toque, prohibida para sus ascendentes y descendientes.

32. Del mismo modo en que las ascendentes[56] de la mujer se hacen prohibidas para él.

33. No obstante, las hijas no se hacen prohibidas hasta que no cohabite con la madre o disfrute de ella[57] en virtud de haber contraído matrimonio con ella o poseerla como esclava; aun siendo dicho matrimonio o dicha posesión inválidos.

34. El adulterio y la fornicación no hacen prohibido lo que está permitido[58].

[Relaciones sexuales con no-musulmanas]

35. Al·lāh – gloria a Él – ha prohibido el sexo con las infieles que no sean ni cristianas ni judías, ya sea en virtud de la posesión o del matrimonio.

36. Está, no obstante, permitido el sexo con las cristianas y las judías si se las posee como esclavas. Al igual que está permitido el sexo con las cristianas y judías libres si se contrae matrimonio con las mismas[59].

37. Pero está prohibido que el musulmán, libre o esclavo, tenga relaciones sexuales con esclavas cristianas o judías por medio del matrimonio.

[Matrimonio con esclavos y hermanastros]

38. La mujer no podrá casarse con su esclavo ni con el esclavo de su hijo[60].

39. El hombre no podrá casarse con su esclava ni con la esclava de su hijo.

40. Pero sí podrá casarse con la esclava de su padre[61] o de su madre.

41. El hombre podrá casarse con la hija que su madrastra hubiese tenido con un hombre que no sea su padre.

42. La mujer podrá casarse con el hijo que su madrastra hubiese tenido con un hombre que no sea su padre[62].

[Número máximo de esposas]

43. Le está permitido tanto al hombre libre como al esclavo casarse con cuatro mujeres libres musulmanas, cristianas o judías.

44. El esclavo puede casarse con cuatro esclavas musulmanas.

45. El hombre libre también puede hacer eso si teme fornicar o cometer adulterio y no encuentra medios suficientes para casarse con mujeres libres.

[Deberes del marido para con sus esposas]

46. El hombre deberá tratar igualmente a sus esposas[63].

47. Deberá proveer manutención y vivienda según sus posibilidades[64].

48. A la esclava y a la esclava-madre no les corresponden noches en el reparto de las mismas[65].

49. La manutención no le es debida a la esposa hasta que el marido no consuma el matrimonio o se le invite a que lo consume, siendo ella viripotente[66].

[Matrimonio por delegación o nikāḥ at-tafwīḍ]

50. El matrimonio por delegación está permitido, y consiste en que el marido y el walī cierren el contrato sin mencionar la dote; pero no se podrá consumar el matrimonio hasta que no se fije una dote para la esposa.

51. Si el marido fija para la esposa[67] la dote de equivalencia[68], ésta deberá aceptarla; pero si la dote es menor, ella podrá elegir.

52. Si a la esposa no le place la dote[69], se disolverá el vínculo matrimonial[70], a menos que el marido logre complacerla[71] o pague la dote de equivalencia, que ella tendrá que aceptar.

[Consecuencias del cambio de religión]

53. Si alguno de los esposos abandona el Islam, el vínculo matrimonial se disuelve[72] en forma de divorcio[73]. Según otra opinión, se disuelve sin divorcio alguno.

54. Si dos esposos infieles se hacen musulmanes, su matrimonio se mantiene[74].

55. Si uno de ambos cónyuges se hace musulmán, el matrimonio se disolverá sin divorcio[75].

56. Si es la esposa la que se hace musulmana, el marido tendrá más derecho a ella si se hace musulmán durante el período de cidda[76].

57. Si es el marido el que se hace musulmán y la esposa es cristiana o judía, el matrimonio se mantiene[77].

58. Si la mujer es zoroástrica y se hace musulmana poco después[78] de que el marido se haya hecho, permanecerán como esposos.

59. Pero si ella se retrasa en ello[79], quedará separada de él.

60. Si un politeísta se hace musulmán y tiene más de cuatro esposas, que elija cuatro y que separe de las demás.

[Impedimentos varios]

61. Quien pronuncie el licān[80] contra su esposa no podrá casarse con ella jamás.

62. Lo mismo se aplica al que se case con una mujer y consuma con ella el matrimonio durante su período de cidda[81].

63. El esclavo y la esclava no podrán contraer matrimonio a no ser que el amo lo permita[82].

64. La mujer, el esclavo y el que no profese el Islam no podrán intervenir en el contrato matrimonial de una mujer[83].

65. No le está permitido a un hombre casarse con una mujer para hacérsela lícita a quien la ha divorciado tres veces[84]; pues ello no la hará lícita[85].

66. La persona que se halle en estado de iḥrām no podrá casarse ni casar a otra persona.

[El matrimonio durante la enfermedad]

67. El matrimonio del enfermo[86] grave es inválido, debiendo disolverse.

68. Si se consuma el matrimonio, ella tendrá prioridad en recibir su dote del tercio disponible[87], mas no tendrá derecho a herencia[88].

69. Si el enfermo divorcia a su esposa, ello tendrá validez; pero ella le heredará si él muere debido a dicha enfermedad.

[Divorcio]

70. Quien divorcie a su mujer tres veces, no podrá hacerla lícita para él – ya sea por posesión[89] o por matrimonio – hasta que ésta no se case con otro[90].

71. El triple divorcio dicho de una sola vez es una innovación; pero es vinculante si se profiere[91].

72. El divorcio conforme a la Sunna está permitido. Y consiste en proferir un solo divorcio, hacerlo durante el período intermenstrual, no haber tenido relaciones sexuales durante dicho período y no proferir divorcio alguno hasta que la mujer acabe la cidda.

73. El marido podrá retomar a la esposa que tiene menstruaciones mientras no le llegue la tercera menstruación, en el caso de la mujer libre. Segunda menstruación, en el caso de la esclava[92].

74. En el caso de la mujer que aún no tiene menstruaciones, que ya ha cesado de tenerlas o de la embarazada, que la divorcie cuando quiera.

75. La embarazada podrá ser retomada mientras no dé a luz. Y la que cumple la cidda en meses, podrá ser tomada mientras no agote la misma.

76. La palabra aqrā’ significa “períodos intermenstruales”[93].

77. Se prohibirá que se divorcie durante el período menstrual; pero si ello sucede, será vinculante. Asimismo, se le obligará al marido a que retome a su esposa mientras no haya finalizado la cidda[94].

78. A la mujer con quien no se haya consumado el matrimonio se la podrá divorciar en cualquier momento. Un solo divorcio será irrevocable, y tres divorcios la harán ilícita hasta que no se case con otro.

79. Quien diga a su esposa “estás divorciada”[95], se considerará un solo divorcio a no ser que pretenda más de uno.

[La compra del divorcio o julc]

80. El julc es un tipo de divorcio en el que no se puede retomar a la esposa[96]. Y surte efecto como tal, aunque el marido no mencione la palabra “divorcio”, si la esposa da algo al marido a cambio de que éste la libere.

[Fórmulas de divorcio]

81. Quien diga a su esposa “estás concluyentemente divorciada”[97], se considerará divorcio triple[98], se haya consumado el matrimonio o no.

82. Si se le dice a la esposa “estás libre”[99], “estas suelta”[100], “eres prohibida”[101] o “tu brida está sobre tu cuello”[102], se considerará divorcio triple si se hubiese consumado el matrimonio[103]. Si no se hubiese consumado, se tendrá en cuenta el propósito del marido.

[El divorcio antes de la consumación]

83. La mujer divorciada antes de la consumación del matrimonio tendrá derecho a la mitad de la dote[104], a no ser que ella misma renuncie a ello, si se trata de una mujer que ya hubiese estado casada previamente.

84. Si se trata de una virgen, la opción de renunciar a la mitad de la dote pertenece al padre. Y en el caso de la esclava, pertenece al amo.

85. Se recomienda a quien divorcie a su esposa que la obsequie con algo; mas no ha de ser obligado a ello.

86. La mujer con quien no se haya consumado el matrimonio y se haya fijado su dote no tendrá derecho a obsequio alguno si se la divorcia[105].

87. Tampoco tendrá derecho a obsequio la mujer que compre su divorcio[106].

[Viudas sin dotes fijadas]

88. La esposa cuyo marido muere sin haber fijado su dote y sin haber consumado el matrimonio con ella heredará; pero no tendrá derecho a dote.

89. Si se hubiese consumado el matrimonio, la esposa tendría derecho a la dote de equivalencia[107], si no acepta que se determine otra cantidad[108].

[Defectos físicos por los que se puede revocar el matrimonio]

90. La mujer puede ser devuelta a su familia por padecer locura, elefantiasis, lepra y defectos vaginales[109].

91. Si el marido consuma el matrimonio sin estar al tanto de dichos defectos, que pague su dote a la esposa y que se la reclame al padre[110] o al hermano, si hubiese sido este último el que la hubiese casado.

92. Si el walī que la casó no es un pariente próximo, éste no estará obligado a pagar nada[111]; y ella no tendrá derecho más que a un cuarto de dinar.

93. Al impotente se le concederá un plazo de un año para ver si consigue realizar el coito[112]. Si no lo consigue, se les separará si así lo desea la esposa[113].

[Maridos desaparecidos]

94. Al marido que se halla en paradero desconocido[114] se le concederá un plazo[115] de cuatro años desde que ella denuncie el caso[116] y cese la búsqueda del marido.

95. Una vez transcurrido el plazo, la esposa realizará la cidda por fallecimiento[117], tras lo cual podrá casarse si así lo desea.

96. La propiedad del marido no será heredada hasta que no pase un tiempo tal que sea improbable que siga vivo[118].

[Miscelánea]

97. La mujer no podrá ser pedida en matrimonio mientras cumple su cidda[119], aunque no hay inconveniente en hacer alusiones aceptables.

98. Quien se case con una virgen, podrá permanecer con ella siete días[120], a pesar de sus otras esposas.

99. Si no es virgen[121], serán sólo tres días.

100. No está permitido tener relaciones sexuales con dos esclavas que sean hermanas.

101. Si desea mantener relaciones sexuales con la otra hermana, que haga prohibidas las relaciones sexuales con la primera vendiéndola, estableciendo con ella una kitāba[122], liberándola o cualquier otro medio que se la haga ilícita[123].

102. Quien tenga relaciones sexuales con una esclava, ya no podrá tenerlas ni con la madre ni con la hija de la misma. Y se hará ilícita para sus ascendientes y descendientes, como en el matrimonio.

103. El esclavo tiene derecho a divorciar sin tener que contar con el amo.

104. El menor no tiene derecho alguno a divorciar.

[Darle a la esposa derecho a divorciar o tamlīk y darle a la esposa

a elegir entre permanecer con el marido o el divorcio o tajyīr]

105. La mujer a la que se le ha concedido el tamlīk[124] o el tajyīr[125] puede decidir mientras dure la sesión[126].

106. El marido podrá negarle a la esposa a la que se le ha concedido el tamlīk el derecho a emitir más de un solo divorcio.

107. La esposa a la que se le concede el tajyīr sólo puede decidir en base a un divorcio triple, sin que el marido pueda negarle nada.

[El juramento de abstinencia o īlā’]

108. Todo aquel que jure abstenerse de tener relaciones sexuales con su esposa[127] por más de cuatro meses habrá proferido el īlā’.

109. No se le obliga a divorciar hasta que no acabe el plazo del īlā’ – consistente en cuatro meses para el hombre libre y dos para el esclavo – y el Sultán[128] le exija un ultimátum[129].

[El ẓihār]

110. Quien pronuncie un ẓihār[130] contra su mujer, que no mantenga relaciones sexuales con ella[131] hasta que no lo expíe liberando a un esclavo creyente carente de defectos[132], no compartido y no parcialmente libre.

111. Si no se encuentra semejante esclavo[133], que se ayunen dos meses consecutivos[134].

112. Y si no puede, que alimente a sesenta pobres con dos almudes por pobre.

113. Que no mantenga relaciones sexuales con su esposa de noche o de día hasta que no acabe de cumplir la expiación.

114. Si llega a tener dichas relaciones sexuales, que se vuelva en arrepentimiento a Al·lāh – exaltado sea.

115. Si llega a mantener relaciones sexuales[135] tras haber cumplido parte de la expiación consistente en alimentar o ayunar, que la comience de nuevo.

116. En el caso del ẓihār, no hay inconveniente en liberar a un esclavo tuerto o a un bastardo.

117. Liberar a un esclavo menor es válido; pero preferimos al que ya reza y ayuna.

[El licān]

118. El licān que se da entre los esposos consiste en negar el marido la responsabilidad de un embarazo, presumidamente precedido por un período de abstención sexual para constatar la vacuidad uterina (istibrā’)[136], o por haber sido testigo visual del adulterio de la esposa del mismo modo que se ve cómo el palillo del kohl entra en su bote[137].

119. Hay diferencia de opinión en cuanto a si se puede permitir el licān cuando se calumnia[138].

120. Si los esposos quedan separados por un licān, nunca jamás podrán volver a casarse.

121. Comenzará el esposo el licān, testificando y jurando cuatro veces por Al·lāh[139], para emitir un quinto juramento en el que invocará la maldición divina[140].

122. Luego, la esposa jurará también cuatro veces[141], para emitir un quinto juramento en el que invocará la ira divina[142]. Todo ello tal y como Al·lāh – alabado y exaltado sea – lo ha mencionado[143].

123. Si la esposa se niega a jurar, se la lapidará si fuese libre y muḥṣana por haber consumado el matrimonio con su marido o con otro anterior. Si no, recibirá cien latigazos.

124. Si es el marido el que se niega a jurar, recibirá ochenta latigazos como castigo por calumnia, atribuyéndosele el hijo.

[Compra del divorcio o julc]

125. La mujer podrá emanciparse del marido a cambio de su dote o a cambio de una suma menor o mayor, siempre que no sea debido a un perjuicio injusto infligido por parte del marido[144].

126. Si es debido a dicho perjuicio, le reclamará al marido lo pagado, sin dejar de tener efecto el julc[145].

127. El julc es un divorcio irretractable a no ser que se establezca un nuevo contrato matrimonial con el consentimiento de la esposa.

[Divorcio de esclavos]

128. La esclava liberada estando casada con un esclavo tendrá la opción de permanecer con él o separarse de él[146].

129. Quien compre a su esposa[147] habrá disuelto su matrimonio[148].

130. Dos es la cantidad máxima de veces que un esclavo puede divorciar a su esposa. Y dos menstruaciones[149] es el período de cidda de la esclava.

131. Las expiaciones debidas por los esclavos son las mismas que las de los hombres libres[150]; no siendo lo mismo en materia de penas corporales y divorcio[151].

[Efectos de la lactancia]

132. Toda leche que llegue al estómago del lactante durante los dos años de lactancia – aunque sea efecto de una sola mamada – conlleva la prohibición matrimonial pertinente.

133. Pero la prohibición no se da si la lactancia tienen lugar tras los dos años de lactancia, a no ser que ocurra al poco tiempo, tal y como un mes más tarde. Y, según otros, dos meses más tarde[152].

134. Si el niño es destetado antes de los dos años, bastándole la alimentación normal, todo lo que mame después no conllevará prohibición alguna.

135. La leche vertida en la boca del lactante y la administrada a través de sus fosas nasales también conlleva prohibición.

136. Las hijas de la ama de leche y las del marido de ésta – nacidas antes o después –[153] son consideradas hermanas del lactante.

137. No obstante, el hermano del lactante puede contraer matrimonio con ellas.


[1] El matrimonio tiene cuatro pilares: el walī o tutor matrimonial, el objeto del contrato, la fórmula de acuerdo verbal y la dote.

[2] En árabe walī. Las condiciones que ha de cumplir el walī es que ha de ser: musulmán, libre, adulto, varón y estar en sus plenas facultades mentales.

Si un matrimonio se celebra sin la presencia del walī, habrá de disolverse pronunciando un divorcio antes de que se consume o después, aunque ya hayan tenido hijos.

[3] Es una condición para que se pueda consumar el matrimonio.

[4] Los adules son testigos que disfrutan de la cualidad de cadāla o integridad moral. Para atestiguar en un matrimonio los testigos han de ser adules. Quien nombra a los testigos adules es el Emir o, en su lugar, el juez de la comunidad de musulmanes. De ahí que sea desaconsejable la tan extendida práctica de traer a cualquier “hermano” musulmán para que haga de testigo de la boda de uno. Los testigos los pone el juez o la autoridad competente de la comunidad musulmana, siendo estos testigos declarados oficialmente adules o testigos de integridad moral. Los testigos no son condición para la validez del contrato, sino para la consumación del matrimonio. Si no se encuentran adules, que se aumente el número de testigos no adules. La práctica de los jueces de Fez es usar un número de doce personas.

Otro pilar del matrimonio es el objeto del contrato que consiste en el marido y la esposa, los cuales han de estar libres de impedimentos legales para contraer el matrimonio. Otro pilar es la fórmula verbal por el que el walī y el marido o sus respectivos representantes alcanzan el acuerdo. El walī mencionará un término que exprese entrega de por vida, tal y como “te caso con fulana” o “te entrego en matrimonio a fulana”, etc. Y el marido mencionará un término que exprese consentimiento o aprobación, tal y como “acepto” o “ello me complace”, etc. Entre la propuesta y la aprobación de la misma no ha de mediar un gran lapso de tiempo. No es obligatorio que empiece el walī, si no que puede hacerlo el esposo diciendo: “cásame con fulana” y el walī responder: “te caso con ella”.

El matrimonio se cumple con la mera manifestación de la propuesta y la aceptación (iŷāb wa qubūl) por ambas partes, aunque una o ambas partes lo hagan a modo de broma.

[5] Si se consuma el matrimonio sin que los adules hayan dado fe del mismo, habrá de disolverse el matrimonio por medio de un divorcio pronunciado por el juez y se les aplicará a los esposos la correspondiente pena legal (ḥadd) si el matrimonio no ha sido difundido y confiesan haberlo consumado, aunque aludan ignorancia de la ley. No obstante, si el matrimonio ha sido difundido por medio de una fiesta con invitados, etc., no se les aplicará la pena legal, aunque aludan conocimiento de la ley.

[6] Se refiere a dinares de oro. La dote se puede pagar en plata – siendo el mínimo tres dirhams – o en especie por valor de un cuarto de dinar. La esposa no tiene derecho a renunciar a la dote mínima, la cual ha de ser ineludiblemente pagada. La dote no tiene límite máximo, no obstante Mālik considera indeseable que se eleve la dote de modo exagerado.

[7] Con quien quiera y a cambio de la dote que él quiera.

[8] No obstante, el padre no puede casar a su hija sin su permiso con un hombre que padece demencia, una enfermedad infecto-contagiosa que pudiese perjudicarla o una enfermedad o defecto genital. Es meritorio que el padre que case a su hija sin el permiso de ésta que no lo haga con un ciego, un paralítico parcial o alguien no agraciado físicamente.

[9] Lo cual es meritorio si ya es púber.

[10] El término “virgen” (bikr en árabe) que aquí se usa es legal, el cual categoriza como virgen la mujer que no ha perdido su virginidad en el matrimonio. La mujer que ha perdido su virginidad en el matrimonio se denomina ṯayyib. La que pierde su virginidad por una caída, por fornicación o por violación es virgen (o bikr) en términos legales.

[11] Sin embargo, el guardián testamentario puede casar a la joven de la que es responsable sin permiso de la misma, siempre que se cumplan dos condiciones: 1. que el padre haya especificado con quién se la ha de casar, y 2. que el padre haya dado permiso al guardián testamentario para que la case sin permiso de ella. Asimismo, la práctica jurídica ha quedado establecida en que la huérfana de diez años de edad de la que se tema que cometa adulterio o sufra extrema pobreza podrá ser casada contra su voluntad con conocimiento previo del juez.

[12] O ṯayyib.

[13] O su representante legal (wakīl al-walī).

[14] Si la mujer de condición elevada es casada por un walī lejano o general (o sea, cualquier musulmán) habiendo en vida un walī cercano o especial (o sea, su padre, hermano o la autoridad competente), el matrimonio será disuelto siempre que no se haya consumado y no hayan pasado tres años (lo cual se considera legalmente “mucho tiempo”). Antes de los tres años, el walī cercano o especial puede anular el matrimonio.

[15] El walī general o lejano.

[16] Se entiende por mujer de condición baja la mujer que carece de belleza, riqueza y alcurnia. La que posea al menos una de las tres propiedades es considerada mujer de condición elevada. La alcurnia se define como tener noble linaje o padres notables.

En cuanto a la discrepancia en si a la mujer de condición baja la puede casar el walī general o lejano existiendo un walī especial o cercano, la respuesta es que el matrimonio es válido, pero es indeseable que ocurra. Ahora bien, si el walī cercano es muŷbir (o sea: si la puede casar sin su permiso) y, existiendo este walī cercano muŷbir, la casa un walī lejano, el matrimonio será inválido y se disolverá a toda costa, sea la mujer de condición elevada o no.

[17] Pariente varón por consanguinidad respecto de otro, cuando ambos ascienden o descienden de un tronco común de varón en varón.

[18] Siempre que no haya un walī muŷbir o con poder coercitivo, en cuyo caso el matrimonio es inválido.

[19] O waṣī.

[20] O sea, podrá casarle sin su permiso si ve en ello beneficio, tal y como casarle con una mujer noble o rica.

[21] Y siempre que el padre haya especificado con quién. Pero según el Mujtaṣar de Jalīl, no es necesario que el padre especifique con quién, sino que tan sólo le ordene que la case.

[22] En árabe dhawū-l-arhām, como, por ejemplo, el hermano o el tío maternos.

[23] Se refiere a que no son considerados walíes especiales o cercanos, pues el derecho de éstos a ser walíes viene después del derecho del juez a serlo.

[24] No quedando más que la proposición y la aceptación.

[25] Consiste en que un padre da a su hija en matrimonio a otro que a su vez le da su hija en matrimonio sin que a ninguna se le asigne dote. Si dicho matrimonio ocurre, el juez lo disolverá pronunciando un divorcio, ya se haya consumado dicho matrimonio o no, y ya haya pasado mucho tiempo desde su celebración o no. Si se llega a consumar el matrimonio, la mujer tendrá derecho a la dote de equivalencia o ṣadāq al-miṯl.

[26] O sea, si se pone como condición que se suprima la dote. Si se da un matrimonio sin dote y no se llega a consumar, el juez lo anulará pronunciando un divorcio, sin que ella tenga derecho a recibir nada. Si dicho matrimonio se llega a consumar, no se anulará y se le pagará a la esposa la dote de equivalencia (o sea, la dote que le equivaldría a una mujer de su condición).

[27] Por Consenso (iŷmāc). Por lo tanto, esto significa que la opinión de los ulemas chiítas no cuenta en lo que al Consenso se refiere.

[28] El matrimonio mutca es aquel contrato matrimonial en que se establece explícitamente un tiempo determinado de duración. Si una pareja contraen una mutca, el juez deberá administrarles un correctivo. El matrimonio será disuelto sin pronunciación de divorcio, considerándose los hijos de dicha unión legítimos. La mujer no recibirá dote alguna antes de que se consume el matrimonio; pero recibirá la dote de equivalencia tras la consumación.

[29] La cidda es el período de espera legal que la mujer divorciada o viuda ha de esperar antes de casarse a fin de comprobarse la vacuidad de su útero.

[30] Ya sea la cidda por divorcio o viudedad, y ya sea el divorcio revocable o no. Si se da un matrimonio durante la cidda de la mujer, éste se disolverá sin pronunciamiento de divorcio, ya que los matrimonios considerados inválidos por consenso los disuelve el juez sin pronunciamiento de divorcio.

Si se consuma el matrimonio, ella recibirá la dote estipulada. La mujer se hará totalmente prohibida para él si el matrimonio celebrado durante la cidda se consuma durante la misma o después. Sin embargo, si el matrimonio no se hubiese consumado en absoluto, ni tampoco se hubiese dado juego sexual durante la cidda, él podrá casarse con ella celebrando un nuevo contrato matrimonial tras finalizar la cidda. Esto es aplicable a la que está en cidda de divorcio irrevocable o de viudedad.

En caso de cidda revocable, el contrato matrimonial efectuado durante dicho período es inválido y si se consuma el matrimonio, se considera adulterio ya que la esposa sigue bajo la potestad (ciṣma) del primer marido, aplicándose el castigo corporal correspondiente (ḥadd) si se tenía conocimiento de que el divorcio era revocable. No obstante, la esposa no se le hará prohibida al segundo marido ya que aún se la considera esposa del primero.

Nos referimos al decir “consumar matrimonio” a la realización del coito; y nos referimos al decir “juego sexual” a las caricias, los besos, etc. sin que se llegue a realizar el coito.

[31] Un ejemplo de ambigüedad en el contrato es establecer en el mismo una opción de retractación.

[32] Un ejemplo de ambigüedad en la dote es entregar como dote un esclavo fugitivo o un camello extraviado.

[33] Tal y como la carne de cerdo y el vino. Si ello sucede, se disolverá el matrimonio antes de que se consume y se mantendrá si ya se ha consumado, entregando a la esposa la dote de equivalencia.

[34] Como en el caso de las notas 32 y 33.

[35] La disolución se efectuará emitiendo el juez un divorcio, y la esposa entregará lo que se le haya dado de dote.

[36] O sea, si las autoridades no tienen noticia de la celebración de dicho matrimonio defectuoso hasta que no se haya consumado.

[37] En árabe, ṣadāq al-miṯl, la cual corresponde a la dote que una mujer de su condición se merece.

[38] Como, por ejemplo, el matrimonio que se celebra sin la presencia del walī o tutor matrimonial de la esposa.

[39] En árabe ṣadāq al-musammà, la cual corresponde a la dote que se haya fijado en dicho contrato matrimonial defectuoso.

[40] Se refiere a que el matrimonio nulo a causa del contrato, si se consuma, hace prohibidas para el esposo la madre y las hijas de la esposa, y hace a la esposa prohibida para los hijos y para el padre del esposo.

[41] Es decir, el marido que divorció a su esposa tres veces no podrá casarse con ella otra vez si ella se casa con un segundo esposo por medio de un contrato nulo, y este segundo esposo la divorcia.

[42] Ya que para adquirir la cualidad de muḥṣan, se ha de haber contraído matrimonio por medio de un contrato válido.

[43] Contraer matrimonio, se entiende.

[44] Ello incluye a las abuelas.

[45] Ello incluye a las nietas.

[46] Corán 4:23.

[47] Ya hayan lactado a la vez, antes o después.

[48] Ello incluye a las abuelas de las esposas y a las madres de leche de las mismas.

[49] Inclusive las hijas de leche.

[50] Si después de celebrar el contrato matrimonial con la madre se tienen relaciones sexuales con la misma, aunque estas relaciones no entrañen penetración, la hija se le hará totalmente prohibida al marido de la madre. Pero si no se da ningún contacto sexual con la madre tras la celebración del contrato matrimonial, el marido podrá casarse con la hija si previamente divorcia a la madre.

[51] O nietos.

[52] Se incluyen también los de leche.

[53] Se incluyen las hermanas de leche. Tampoco se puede tener relaciones sexuales con dos hermanas a la vez en virtud de poseer como esclavas a ambas o poseer una y estar casado con la otra.

[54] Corán 4:23.

[55] Corán 4:22. También está prohibido casarse con las mujeres con las que se hayan casados los abuelos de uno. El mero contrato matrimonial ya las hace prohibidas a los hijos.

[56] Madres y abuelas.

[57] Aunque sólo sea con la vista.

[58] Esto significa que el fornicar o cometer adulterio con una mujer, no la hace prohibida para sus ascendientes y descendientes, ni le hace a él prohibidas las ascendientes y descendientes de dicha mujer, excepto la hija que sea fruto de dicha unión ilícita.

[59] No obstante, es indeseable (makrūh) contraer matrimonio con cristianas y judías si se va a residir con las mismas fuera de territorio musulmán.

[60] Ya que es casi como si fuese su propio esclavo; puesto que si muere el hijo, ella lo heredaría.

[61] Siempre y cuando el padre no haya tenido relaciones sexuales con dicha esclava.

[62] Siempre y cuando no hayan mamado de la misma mujer, pues serían hermanos de leche.

[63] La obligatoriedad de tratar igualmente a las esposas se aplica en lo que a pasar la noche con ellas se refiere, no en lo que a manutención y vestido se refiere. El marido deberá proveer manutención y vestido a las esposas en virtud de la condición social de la que cada una provenga. Si ambas son de similar condición social, entonces las mantendrá y vestirá igualitariamente.

El que no trate con igualdad a sus esposas estará desobedeciendo a Allāh y a Su Profeta – la paz sea con él. El imamato y el testimonio de un hombre que no trata con igualdad a sus mujeres es inaceptable.

Está, asimismo, prohibido no mantener relaciones sexuales con una de las esposas con vistas a reservarse para la otra. El reparto de las noches es de una noche con cada esposa. No se pasarán dos noches con cada esposa a no ser que ellas estén de acuerdo en ello.

El trato de igualdad con las esposas es independiente de la religión de las mismas.

[64] Se tomará también en consideración la condición social de la que proviene la esposa. Si el marido fracasa en mantener a la esposa, el juez la divorciará tras proporcionarle un tiempo de gracia. Dicho divorcio será revocable a condición de que encuentre un medio de vida con el que la pueda mantener con razonable continuidad.

[65] Ya que las noches – con sus respectivas relaciones sexuales – son derecho de las esposas, no de las esclavas.

[66] Viripotente significa que la mujer ya puede contraer matrimonio.

[67] Casada por delegación.

[68] Ver nota 37.

[69] Si es juiciosa (rašīda), la esposa tiene derecho a elegir; pero si no lo es, el que elegirá será su walī.

[70] Por medio de un divorcio irrevocable, por ser antes de la consumación del matrimonio.

[71] Aumentando la suma de la dote.

[72] En el momento mismo de cometer la apostasía.

[73] Irrevocable.

[74] Siempre y cuando no haya un impedimento legal, como que sean hermanos de leche, por ejemplo.

[75] Si es el marido el que se hace musulmán, esta regla se aplicará siempre y cuando ella no sea ni cristiana ni judía, ni tarde más de un mes en hacerse musulmana.

[76] O sea, que si el marido se hace musulmán antes de que acabe ella su cidda, el matrimonio de ambos queda confirmado. Pero si el marido se hace musulmán después de que ella acabe su cidda, tendrán que celebrar un nuevo contrato de matrimonio para volver a ser marido y mujer.

[77] Siempre y cuando no haya un impedimento legal, como que sean hermanos de leche, por ejemplo.

[78] La esposa tiene un mes para hacerse musulmana.

[79] O sea, si pasa más de un mes.

[80] Ver artículo 118.

[81] Siempre y cuando sea la cidda de otro esposo no de él mismo. Igualmente ocurre si consuma el matrimonio tras el período de cidda, pero tras haber contraído el matrimonio durante el período de cidda. En este caso, se considerará “consumación del matrimonio” el mero juego sexual, sin que necesariamente tenga que haber habido penetración si éste acaece durante el período de cidda.

[82] Si el matrimonio tiene lugar, el amo tiene la opción de confirmarlo o de anularlo con un divorcio irrevocable.

[83] Significa que no podrán ser walíes de una musulmana, ya que ser varón, libre y musulmán son condiciones para poder ser walī. No obstante, el kāfir (infiel) podrá ser walī de su hija infiel si la casa con un musulmán.

[84] No está permitido casarse con una mujer para hacérsela lícita a un tercero incluso a condición de que si le gusta al segundo marido, se queda con ella.

[85] Si se les sorprende en dicho matrimonio, el juez lo anulará antes o después de que haya sido consumado con un divorcio irrevocable. La esposa recibirá la dote de equivalencia si el matrimonio se hubiese consumado. Si se vuelve a casar con ella el primer marido tras casarse ella con el segundo para hacérsela lícita, también se disolverá dicho matrimonio, castigándose a todos los que intervinieron en el mismo, es decir: al marido, la esposa, los testigos y el walī. Lo que anula este tipo de matrimonio es la intención del segundo marido de casarse con la esposa para hacérsela lícita al primero. Si la intención de que se haga lícita es de la esposa o del primer marido, ello no afecta.

[86] O enferma.

[87] Es el tercio del patrimonio del que se puede disponer libremente dejándolo en testamento a quien se desee.

[88] Ya que está prohibido introducir y excluir herederos de último momento. Si ello ocurre, se aplicará lo contrario de lo deseado.

[89] Si la esposa es esclava de un tercero y el marido la divorcia tres veces, si éste la compra, ello no la hace sexualmente legal para él.

[90] Se deben de dar las siguientes condiciones en el segundo matrimonio:

- que el marido sea musulmán,

- adulto,

- que el contrato matrimonial sea válido,

- que introduzca, estando en erección, su glande en la vagina de la esposa;

- que la cópula sea en un período de pureza de la mujer, no durante su menstruación;

- que se confirme – aunque sea por el testimonio de dos mujeres – que ambos hayan estado a solas;

- que la penetración ocurra estando ella consciente, no durante su sueño o inconsciencia;

- que ambos, esposo y esposa, no se contradigan en cuanto a si la penetración tuvo lugar o no.

[91] O sea, que si el marido profiere el triple divorcio de una sola vez, ya no se puede volver a casar con su esposa hasta que ésta no se case previamente con otro y éste a su vez la divorcie. Esta es la opinión reconocida en el madhhab y en las otras tres escuelas jurídicas; no obstante, según otra opinión, el triple divorcio, proferido una sola vez, equivale a un solo divorcio. Esta es la práctica jurídica actual en Marruecos y fue durante algún tiempo práctica jurídica en la Córdoba musulmana (ver FS de MW, vol. 2, pág. 327.

[92] Se retoma a la esposa manifestándolo verbalmente con intención de ello. También se la retoma si se mantienen relaciones sexuales con ella con intención de retomarla aunque no se manifieste verbalmente. El mantener relaciones sexuales con la esposa divorciada sin intención de retomarla está prohibido.

[93] Eso en lo que se refiere a Mālik y aš-Šāficī. En cuanto a Abū Ḥanīfa, aqrā’ significa “períodos de menstruación”. Ello significa que según Mālik y aš-Šāficī, la mujer acaba su cidda en cuanto vea la sangre de su tercera menstruación. Mientras que para Abū Ḥanīfa, la mujer acaba su cidda en cuanto deje de ver la sangre de su tercera menstruación.

[94] Se le obligará a que retome a su esposa, que espere a que se acabe su menstruación, que deje que pase un período intermenstrual completo, que vuelva la mujer a menstruar y que cuando acabe esa segunda menstruación, que elija si la quiere divorciar antes de volverla a tocar.

Es indeseable divorciar a la mujer durante un período menstrual en el que se ha tenido relaciones sexuales con ella; pero si ocurre, no se le obligará al marido a que la vuelva a retomar.

[95] En árabe: anti ṭāliq. Ello es considerado una pronunciación explícita de divorcio. Cuando el divorcio se pronuncia explícitamente, la intención no cuenta, de ahí que cuando se dice en broma, tiene efecto legal total.

[96] O sea, es irrevocable.

[97] En árabe: anti ṭāliq al-batta.

[98] Sin que se tome en consideración si su intención era de una o más divorcios.

[99] En árabe: bariyya.

[100] En árabe: jaliyya.

[101] En árabe: ḥarām.

[102] En árabe: ḥabluki calà gāribik.

[103] Siempre y cuando exista el uso y costumbre de usar dichas expresiones para pronunciar el divorcio. Si dichas expresiones no se usan para divorciar, se tendrá en cuenta el propósito del marido, o sea: cuál era su intención.

[104] Estipulada.

[105] Ya que se lleva la mitad de la dote quedando ella intacta.

[106] Ya que ha pagado para librarse del marido que la displace, por lo que no necesita obsequio alguno que la consuele.

[107] Si no se hubiese fijado la dote.

[108] Inferior a la dote de equivalencia.

[109] Los defectos vaginales que puede padecer son los siguientes: útero turbinado (que tiene un hueso o cartílago que impide la penetración), atresia (obturación) vaginal, constante sangrado vaginal y hedor vaginal.

[110] Esto en caso de que la esposa no estuviese presente en el momento de la celebración del contrato. Si ella hubiese estado presente, también habría participado en el encubrimiento del defecto, por lo que el marido podría elegir entre exigirle la dote al padre o a ella.

[111] Si desconoce el defecto; pero si lo conoce, sí tendrá que pagar.

[112] Esta regla se aplica cuando la impotencia no haya sido precedida de potencia. Pero si, tras celebrar el contrato matrimonial, el marido era potente y luego le sobrevino la impotencia, se trata de una desgracia que tendrá que afrontar la esposa. Siempre y cuando ella no tema cometer adulterio, en cuyo caso se le concedería el divorcio.

[113] Si ambos coinciden en que no se pudo realizar el coito durante el plazo. Si se contradicen, se aceptará la versión del esposo si va acompañada de juramento (yamīn).

[114] En territorio musulmán, ya que en territorio de kufr es imposible localizarlo. Esto es lo que los comentaristas de la Risāla manifiestan debido a que en su época el territorio musulmán era muchísimo más civilizado y los musulmanes no emigraban a tierras de kufr. No obstante, hoy por hoy y debido a las extrañas circunstancias que el mundo atraviesa, tal vez sea más fácil localizar a un musulmán que se halle en paradero desconocido en tierras de kufr que si se halla en paradero desconocido en tierras de Islam. Pero en definitiva, lo que se refleja en esta norma es que si existe la posibilidad de poder buscar al musulmán que se halle en paradero desconocido, que se haga.

Esta norma no se aplica al musulmán que desaparece por motivo de una hambruna, una epidemia o un desastre natural. En dichos casos, tras realizar una razonable búsqueda, se le dará al marido por muerto, entrando la mujer en cidda de viudedad para poderse casar al finalizarla, y pudiendo los herederos heredar la hacienda del declarado fallecido.

[115] El plazo se concede cuando el marido ha dejado medios permanentes de manutención para la esposa e hijos. Si la esposa pretende que dichos medios no existen, lo tendrá que probar; y si es cierto, ella obtendrá el divorcio por falta de manutención.

[116] A las autoridades competentes.

[117] Ella estará, asimismo, obligada a guardar luto.

[118] Se dice que cuando cumpla setenta años de edad. Según otras opiniones, ochenta. No obstante, hoy por hoy y debido a los adelantos médicos que prolongan la vida del ser humano, la edad límite puede perfectamente establecerse en cien años.

[119] Las promesas de matrimonio también están prohibidas.

[120] Seguidos.

[121] O sea, la que ya haya estado casada con anterioridad.

[122] Se trata de un contrato de compra de libertad.

[123] Como regalándola o casándola con alguien.

[124] Se concede el tamlīk a la esposa cuando se le dice: “dejo en tus manos tu asunto”, “dejo en tus manos el divorcio” o “si quieres, estás divorciada”.

[125] Se concede el tajyīr a la esposa cuando se le dice: “elígeme a mí o a ti” o “elígeme o elige el divorcio”.

[126] Ante el juez.

[127] Con intención de perjudicar a su esposa.

[128] O quien le represente, tal y como el juez.

[129] O vuelve a tener relaciones sexuales con su esposa o la divorcia.

[130] El ẓihār consiste en asimilar a su esposa con otra mujer con quien le está terminantemente prohibido mantener relaciones sexuales. Un ejemplo clásico de ello es decirle a la esposa “tú eres para mí como la espalda de mi madre”. El proferir expresiones de esta naturaleza es clasificado como prohibido y se trata de una transgresión mayor o kabīra.

[131] Ni que la bese, acaricie o vea su pelo.

[132] Se refiere a defectos que le impidan ganarse normalmente la vida; lo que no incluye defectos leves tales como la cojera leve, etc.

[133] Ni puede comprarlo para luego liberarlo.

[134] Si interrumpe el ayuno de dichos meses, que empiece desde el principio.

[135] Aunque sólo sean besos y caricias.

[136] Aunque el período sea de una sola menstruación.

[137] Según la opinión más difundida y figurante en la Mudawwana, no es menester que el marido haya visto con sus propios ojos a la esposa cometiendo adulterio; el simple hecho de que él esté seguro de ello es suficiente para iniciar el procedimiento de licān.

Es condición del licān, que el marido inicie el procedimiento inmediatamente después de haberse cerciorado del adulterio de su esposa y sin que tras ello mantenga relaciones sexuales con ella.

[138] O sea, acusarla de adulterio sin aducir el haber sido testigo de ello o el estar seguro de ello ni rechazar el hijo que ella lleva en el vientre. Ibn al-Qāsim sostiene que se trata de un licān, mientras que la mayoría de los ulemas sostienen que ello merece que se le aplique pena legal (ḥadd) al marido por calumnia (qaḏf).

[139] Si el marido trata de negar la paternidad del embarazo, dirá: “juro por Allāh que ese embarazo no es mío”. Si trata de afirmar que la vio cometiendo adulterio, dirá: “juro por Allāh que la vi cometiendo adulterio”. Y si trata de confirmar que la esposa cometió adulterio, dirá: “juro por Allāh que ha cometido adulterio”.

[140] En este juramento el marido dirá: “que la maldición de Allāh caiga sobre mi si soy un mentiroso”.

[141] Negando los juramentos efectuados por el marido según el modo en que éstos hayan sido efectuados. En caso de negación de paternidad del embarazo, ella dirá: “juro por Allāh que este embarazo es suyo”. Si niega que él la haya visto cometer adulterio, dirá: “juro por Allāh que no me ha visto cometer adulterio”. Si trata de negar su comisión de adulterio, dirá: “juro por Allāh que no he cometido adulterio”.

[142] En este juramento la esposa dirá: “que la ira de Allāh caiga sobre mí si él es veraz”.

[143] El licān ha de tener lugar en presencia de un grupo de gente – como mínimo cuatro hombres – y en la mezquita. Se recomienda que tenga lugar tras la oración de caṣr y que se les advierta antes de que pronuncien el quinto juramento de que se trata del juramento que les puede conducir al tormento divino.

[144] Como que no le dé suficiente para su manutención o que la encomiende trabajos que no le corresponden hacer.

[145] Para ello, ella tendrá que presentar evidencia de que el marido la perjudicaba injustamente. La evidencia puede ser mismamente el testimonio basado en lo que es de dominio público, sin que necesariamente tenga que haber sido presenciado por nadie (šahāda samāc).

[146] Ella estará obligada a evitar tener relaciones sexuales con él desde el momento en que le llegue la noticia de que ha sido liberada. Si ella elige separarse de él, se efectuará un divorcio irrevocable.

[147] O la herede o le sea regalada.

[148] Pudiendo mantener relaciones sexuales con ella por ser esclava suya.

[149] Mejor dicho sería: “dos períodos de pureza constituye el período de cidda de la esclava”.

[150] Aunque los esclavos no expían liberando esclavos.

[151] Sólo sufren la mitad de la pena corporal y emiten la mitad de divorcios (dos, ya que no se puede emitir medio divorcio).

[152] Esta es la opinión más fundamentada.

[153] Nacidas antes o después de la lactancia del hermano de leche. Las hijas del marido de la ama de leche son hermanas del lactante, ya las haya tenido con la ama de leche o con otra mujer.

Centro de Estudio y Difusión de la Vía Tiŷāniyya